Punto Verde

Reducir el impacto medioambiental de los envases

El creciente desarrollo industrial de las últimas décadas y el deterioro ecológico que ineludiblemente lo acompaña han conducido a los gobiernos hacia una política medioambiental algo más sensibilizada con el desarrollo sostenible, entendido como "atender las necesidades de la generación presente sin hipotecar el futuro de las próximas".
1 septiembre de 1998
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Reducir el impacto medioambiental de los envases

El desarrollo sostenible persigue hacer compatibles el desarrollo industrial y la preservación del entorno natural y propugna la consideración de lo medioambiental como un factor más de competitividad entre las empresas y como un agente dinamizador de la economía. Uno de los objetivos clave del desarrollo sostenible es la implantación de tecnologías limpias, que permitan por una lado el ahorro de materias primas y energía y, por otro, la reducción de emisiones, vertidos y residuos.

Hoy, uno de los mayores problemas medioambientales es el espectacular aumento de los envases, tanto en la producción como en el uso. Sirva como referencia un sólo dato: los envases y sus residuos representan el 50% del volumen y el 30% del peso de las basuras domésticas generados anualmente en España. A efectos de definición, envase es el producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza que se utiliza para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo.

Un aumento lógico.

Este crecimiento en el consumo de envases y embalajes no es casual. Viene generado, entre otras razones mercadotécnicas, por algunas de tipo social, como el incremento del número de hogares con sólo una o dos personas, que implica una mayor demanda de porciones alimentarias pequeñas. Lógicamente, supone el aumento de envases y embalajes para la misma cantidad de producto. También el incremento del consumo de productos frescos y sin conservantes implica el uso de envases y embalajes para su conservación.

Por su parte, las personas mayores requieren envases sencillos y de fácil apertura. Pero deberán ser de difícil apertura los envases que evitan el acceso de los niños a contenidos como medicamentos o productos tóxicos, como algunos de los de limpieza. Todo ello conlleva la fabricación de tipos específicos de envases.

La Ley de envases, muy reciente en nuestro país.

Ante el impacto medioambiental ocasionado por el gran volumen de envases y sus residuos, la UE aprobó la Directiva 94/62/CE, integrada en la normativa española con la Ley 11/97 del 24 de abril de envases y residuos de envases. Ya en vigor , esta ley dice prevenir y reducir el impacto sobre el medio ambiente de los envases (por ejemplo, establece máximos sobre la concentración de plomo, mercurio y cromo en los envases), además de propiciar la gestión de los residuos de envases en todo su ciclo de vida.

Las más importantes organizaciones ecologistas españolas han criticado esta normativa argumentando que, en lugar de reducir la generación de residuos de envases, sigue potenciando su producción y la incineración.

Una de las cuestiones clave es quién asume los costes que genera la gestión de los residuos de envases.

Los fabricantes, en principio, han de gravar sus productos con la cantidad que supone en cada envase el coste del reciclado. La ley obliga a quien genere un residuo se responsabilice de él.

Una de las medidas propugnadas es prevenir en origen la producción excesiva de residuos de envases. Por ejemplo, investigar en nuevas tecnologías que permitan el mejor aprovechamiento de las materias primas, o eliminar envases cuya función es sólo decorativa. En segundo término, se dice que se potenciará la reutilización de envases, su reciclado y otras formas de valorización (procedimiento que permite aprovechar los recursos de los residuos de envases, incluida la incineración con recuperación de energía, siempre y cuando no se ponga en peligro la salud de las personas, ni se causen perjuicios al medio ambiente).

La ley ha establecido el 30 de junio de 2001 como plazo para conseguir reducir al menos el 10% en peso de los residuos de envases generados. Para esa fecha, se habrá de valorizar un mínimo del 50% y un máximo del 65% (para evitar que se incinere en exceso) en peso de la totalidad de residuos de envases generados, y se deberá reciclar un mínimo del 25% y un máximo del 45% en peso de la totalidad de residuos de envase generados.

El punto verde de los envases.

Para lograrlo, la ley propone dos medios de actuación. El más operativo es el Sistema Integral de Gestión (SIG), procedimiento de recogida y tratamiento de los envases y sus residuos. Con tal fin, se han constituido Ecovidrio, que gestiona los envases de vidrio y Ecoembes, que actúa con envases metálicos, plásticos y briks.

Unas 7.000 empresas de diversos sectores (envasadores, fabricantes, materias primas, distribuidores, recicladores, …) están adscritas en España a estas dos entidades. Los envases que participen en el SIG serán identificados con un símbolo, el Punto Verde, en todos los productos que los contienen.

Este sistema se financia mediante una tasa pagada por los envasadores, que grava cada producto comercializado por primera vez en el mercado nacional. Por ello, en el caso de un envase reutilizable, esta tasa se pagaría sólo una vez. Dicha tasa se establece según el material que compone el envase, pero no tiene consideración de precio ni está sujeto a tributación alguna.

Este gravamen financia los gastos ocasionados por la recogida, transporte hasta la planta de separación y clasificación, y el envío posterior a los gestores autorizados para su tratamiento. La responsabilidad de todo el proceso recaerá sobre las entidades institucionales locales y comarcales.

Envases retornables.

El segundo sistema propuesto por la ley, menos práctico (por algo vivimos en una sociedad de consumo) y casi descartado por las empresas afectadas por esta norma, consiste en un proceso de depósito, devolución y retorno, que nos retrotrae a décadas atrás, cuando íbamos a comprar las bebidas con los “cascos” vacíos, para evitar un sobrecoste.

Los envasadores y comerciantes deberían cobrar, en este supuesto, una cantidad específica -por cada tipo de envase- a cada producto, viéndose obligados a aceptar los envases usados devueltos por los consumidores, reintegrándoles a cambio la cantidad cobrada por cada envase, siempre que los envases sean puestos en el mercado por ellos y resulten reconocibles para los comerciantes.

Una política de supresión de envases y embalajes -desde luego, esta ley no la auspicia- no parece conveniente, ya que las funciones que el envoltorio desempeña son (aunque no en todos los productos) de gran importancia para los consumidores:

Funciones de los envases
  • Protegen el producto durante el transporte y almacenamiento, ayudando a su conservación.
  • Favorecen la distribución y comercialización del producto.
  • Ayudan a mejorar sus condiciones sanitarias, higiénicas y organolépticas.
  • Son el soporte de datos e información imprescindibles para el consumidor: características del producto y de su uso.
  • Permiten la diferenciación de productos similares.