Fecha de caducidad y consumo preferente, ¿es lo mismo?
Fecha de caducidad y consumo preferente son dos conceptos que no deben confundirse. Mientras la primera advierte sobre el día límite a partir del cual el alimento no es adecuado para su consumo (desde el punto de vista sanitario), el consumo preferente hace referencia al tiempo en el que el producto mantiene intactas sus propiedades, sin que su ingesta suponga un riesgo para la salud. La diferencia parece clara y, sin embargo, no lo es tanto. Así lo han detectado responsables del Gobierno de Reino Unido: los consumidores no hacen distinciones entre fecha de caducidad y consumo preferente, y desechan el alimento que ha sobrepasado la fecha establecida. Tampoco gestionan de forma adecuada sus recursos con la planificación, el almacenamiento y la administración correcta de los alimentos. El resultado es un pésimo manejo de los recursos alimenticios, ya que se desperdician 8,3 millones de toneladas de alimentos y bebidas, que acaban cada año en la basura.
- Fecha de caducidad. A partir de ella, el producto no se debe ingerir, ya que no es adecuado para su consumo. No obstante, se puede tomar el producto hasta el mismo día en el que aparece la fecha. Esta fórmula se utiliza en alimentos muy perecederos desde el punto de vista microbiológico: pasteurizados (leche, yogur, cremas), carnes o envasados al vacío. Son alimentos de elevado riesgo que pueden suponer un peligro para la salud tras un periodo corto de tiempo. En ellos se indica la leyenda “Fecha de caducidad” seguida de la fecha (o la indicación del lugar donde se especifica), que consistirá en día, mes y año, en este orden. Estas informaciones se completan con una descripción de las condiciones de conservación del alimento.
- Consumo preferente. Es el tiempo en el que un producto sin abrir mantiene sus propiedades en condiciones adecuadas de conservación. Pasada esta fecha, la calidad del producto puede disminuir, pero en ningún caso conlleva problemas para la salud. Se utiliza en alimentos con poca agua (aceite, legumbres, cereales), deshidratados (purés, sopas), esterilizados (latas, cajas de leche) y en huevos. La fecha de consumo preferente o duración mínima de un alimento es la fecha hasta la cual el producto mantiene sus propiedades específicas, siempre que se guarde en unas condiciones de conservación adecuadas. Se comunicará precedida de “consumir preferentemente antes del…”, cuando se especifique el día, o “consumir preferentemente antes del fin de o de finales de…”, en los demás casos. En ocasiones, esta información deberá completarse con las condiciones de conservación que deben respetarse para asegurar la duración indicada. La fecha estará compuesta por la indicación clara y ordenada de día, mes y año. No obstante, en los alimentos cuya duración sea inferior a tres meses, aparece solo el día y mes.
Algunos alimentos no requieren indicaciones de fecha de duración, como frutas y hortalizas frescas sin procesar, vinos, productos de panadería de consumo inmediato, sal de cocina y vinagres, azúcar, productos de confitería elaborados casi de forma exclusiva con este ingrediente o gomas de mascar.
En ambos casos -caducidad y consumo preferente- la fecha indica el momento concreto en que termina el período de comercialización de un producto y, por tanto, de su retirada de las estanterías. Conviene saber que si el consumidor adquiere un alimento “pasado de fecha” tiene derecho a que el vendedor se lo restituya por uno cuya fecha de caducidad o de consumo preferente no haya pasado.
La normativa vigente relativa al etiquetado y presentación de productos alimenticios (Real Decreto 1334/1999) establece la obligatoriedad de determinar el período anterior a la fecha de duración mínima (consumo preferente) o a la fecha de caducidad.
¿Y si ya se ha abierto el envase?
Las fechas de conservación, tanto de caducidad como de consumo preferente, están establecidas por el fabricante según estrictos criterios sanitarios y de calidad en unas condiciones de conservación estándar (temperatura, humedad, luz solar) recomendadas en el envase. Si estos parámetros no se cumplen, la vida del producto se acorta de forma notable. Por otro lado, si el envase protector está deteriorado o el producto se abre, las condiciones de conservación cambiarán, por lo que las fechas de consumo preferente o caducidad serán diferentes. En la mayoría de los casos, el fabricante establece el tiempo y nuevas condiciones de conservación una vez abierto el envase del producto.
La despensa en orden
El lugar destinado a almacenar alimentos debe tener capacidad suficiente, en función del uso que se le vaya a dar, para tener los productos ordenados y “a la vista”.
En la despensa, que tiene que ser un lugar fresco, seco y con una ventilación adecuada, se almacenarán los alimentos que pueden mantenerse a temperatura ambiente, como legumbres, cereales y derivados -harina, pastas, galletas-, azúcar, sal, café, cacao, especias o aceite. También es el lugar de productos que se hayan sometido a tratamientos higienizantes que no requieran frío para su conservación, como leche esterilizada o conservas, todos ellos alimentos estables a temperatura ambiente.
La mayoría de frutas y verduras pueden conservarse a temperatura ambiente en un ambiente seco, fresco y muy bien ventilado. Al ser alimentos de rápido deterioro, es imprescindible realizar una cuidadosa inspección diaria de su estado. Los alimentos, aunque estén envasados, no deben entrar nunca en contacto con el suelo. Además, si la despensa se sitúa en un armario, éste deberá disponer de puertas que protejan los alimentos del exterior.
La tentación de guardar en la despensa productos de limpieza o de otra naturaleza al lado de los alimentos no es una práctica aconsejable ya hay riesgo de contaminación: los lugares de almacenamiento de alimentos solo deben destinarse a este fin. Las semiconservas, como las anchoas y algunos envasados al vacío (fiambres, salmón ahumado), necesitan temperaturas de refrigeración. Los productos pasteurizados tienen una vida útil muy corta y también necesitan refrigeración.