Cómo evitar problemas y qué hacer si surgen
El billete:
- Facilite su número de teléfono a la agencia de viajes o compañía aérea, para que puedan comunicarle cualquier modificación del vuelo.
- El billete de avión es nominativo (sólo puede ser utilizado por su titular). Si lo pierde, comuníqueselo a la oficina en que lo adquirió, para que le extiendan un duplicado o le reintegren el importe (excepto un pequeño gravamen). Facilitará los trámites si en el momento de compra anota su número de serie y el lugar y la fecha de emisión.
- Conserve el billete hasta el final del trayecto, se lo pueden requerir en cualquier momento del mismo. Además, lo necesitará en caso de reclamación.
El equipaje…
- Pida el correspondiente talón al facturar el equipaje.
- En clase turista sólo permiten transportar hasta 20 kilos de equipaje por persona, y en Primera, 30 kilos.
- En caso de pérdida o retraso en la entrega, comuníquelo inmediatamente en el mostrador de la compañía y presente la denuncia. Las indemnizaciones en vuelos nacionales son de hasta un máximo de 2.700 pesetas por kilogramo, con un límite de 54.000 pesetas por maleta pérdida o por el deterioro del equipaje facturado o de mano. Y en caso de retraso en la entrega del equipaje facturado, la compensación alcanzará una cantidad equivalente al precio del billete. En vuelos internacionales, consulte a la aerolínea con la que viaja.
- En previsión de futuras reclamaciones, declare los objetos de valor que transporta e incluso considere la posibilidad de asegurarlos.
El viaje…
En vuelos regulares nacionales, preséntese a embarcar al menos 30 minutos antes de la hora de partida del avión, y 90 minutos antes en los internacionales.
Las compañías aéreas no responden por daños y perjuicios en retrasos o cancelaciones. Pero si sucede, puede solicitar la devolución del importe y el abono del hospedaje y de la manutención.
Si durante el vuelo éste se interrumpe y se debe hacer escala, la compañía está obligada a poner a su disposición otro medio de transporte que le lleve a su destino final lo más rápido posible, excepto si usted desea que le reintegren la parte del trayecto que no ha recorrido. Además, tiene derecho a que le reintegren los gastos que se deriven de su estancia obligada: manutención y alojamiento.
Reclamaciones…
- En caso de problemas (pérdida de equipaje, cancelación del vuelo, overbooking…), intente solucionarlos primero con el prestador del servicio de transporte. Si no llegan a un acuerdo, puede reclamar ante la Dirección General de Aviación Civil.
- Si el problema se refiere a los servicios del aeropuerto, puede reclamar ante el Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).
- El overbooking (denegación de embarque a pasajeros por la venta de un número de billetes mayor que el de las plazas que tiene el avión) no está prohibido, pero sí viene regulado por la Unión Europea.
- Si usted es víctima del overbooking, tiene derecho a una indemnización de la compañía. Se fijará según los kilómetros a recorrer ,y son comunes para el conjunto de la UE: en vuelos de hasta 3.500 kilómetros, ascenderá a 150 euros (unas 25.000 pesetas), y en los que superen esta distancia a 300 euros (cerca de 50.000 pesetas). Estas compensaciones pueden reducirse a la mitad si el siguiente vuelo se halla disponible en un plazo de dos y cuatro horas, respectivamente.
- Con independencia del pago de la indemnización, la compañía está obligada a conducirle hasta el destino final en el primer vuelo siguiente disponible. No obstante, el usuario puede optar por el reembolso del precio de su billete.
- Además de estas compensaciones, puede exigir a la compañía que se haga cargo de los gastos originados por una llamada telefónica o un fax al punto de destino, por la comida y bebida, que han de ser suficientes en función del tiempo que deba esperar, y por el alojamiento en un hotel si necesita pernoctar una o varias noches.