Seguros de deceso

Soporte económico en los peores momentos

Más de la mitad de la población de nuestro país es beneficiaria de una póliza de decesos
1 marzo de 2006

Soporte económico en los peores momentos

Una de las peculiaridades del mercado de seguros español es la contratación masiva de un tipo de póliza, la de deceso, en mayor medida que en cualquier país de Europa. Los datos de UNESPA, la patronal del sector, son concluyentes: en nuestro país había en 2004 algo más de siete millones de seguros de decesos, aunque al tratarse de una póliza de carácter familiar que normalmente incluye a varios asegurados, el volumen de beneficiarios de decesos en España ronda los 26 millones de personas.

Utilizados para asegurar la cobertura de gastos funerarios y de entierro, estos seguros son cada día más populares y en 2004 su volumen de contratación aumentó un 9% respecto al ejercicio anterior. La patronal interpreta este incremento como consecuencia del ascenso de la emigración. Estas personas lo suscriben, según UNESPA, por incluir el coste de repatriación, puesto que, en muchos casos, las familias no podrían sufragar el alto coste de la vuelta del féretro a su tierra natal.

/imgs/20060301/informe01.jpgPrecisamente el elevado precio de los gastos funerarios, que pueden alcanzar los 2.000 euros o incluso más, según datos facilitados a CONSUMER EROSKI por empresas del sector, y las molestias inherentes a los trámites que se deben realizar tras la muerte de un familiar son las principales razones para contratar una póliza de deceso. El objeto es que la cobertura de su seguro sea suficiente para hacer frente a los costes de su funeral y del entierro, las flores, los desplazamientos, las esquelas e, incluso, la vuelta a casa si la muerte se produce en el extranjero o la asistencia jurídica a la familia.

Por término medio, cada asegurado debe pagar unos 3 euros al mes para mantener su póliza de decesos, si bien esta cantidad depende de diversos factores, como los servicios que se solicitan, la población de residencia o la edad de los beneficiarios. Los entierros y cremaciones suponen para cada familia un importante desembolso que estas pólizas pretenden evitar. Este tipo de seguro puede ser individual o familiar, aunque lo más común son las pólizas familiares. Aunque se encuentra extendido entre la mayor parte de la población, estos seguros tienen mayor implantación en los pueblos y cercanías de las ciudades.

Ámbito de actuación

Se contrata una prestación de servicios, por lo que se puede elegir la funeraria que se prefiera

Pese a que el seguro de decesos puede tener un carácter indemnizatorio, esto es, la compañía entrega al beneficiario una cantidad de dinero para que con ella sobrelleve los gastos derivados del funeral y enterramiento, la oferta de la mayoría se basa en la prestación de servicios. Desde el momento del fallecimiento, la aseguradora se encarga de una serie de gestiones burocráticas y de otras labores que solucionan todos los problemas que se presentan con la defunción. Además, la lucha por atraer a más clientes ha llevado a muchas de estas compañías a incluir en sus pólizas otras coberturas. Por ejemplo, Fiatc Seguros incluye en su paquete básico, además del servicio de sepelio y traslados, el de gestoría y asistencia en viaje, y ofrece la posibilidad de contratar garantías adicionales de Accidentes Individuales y Hospitalización por Intervención Quirúrgica e Indemnización por parto, con el consiguiente aumento de la prima.

Ocaso, por su parte, recoge en sus garantías principales un servicio de orientación legal, teleasistencia domiciliaria, y un seguro de accidentes complementarios, dejando a la elección del asegurado la posibilidad de añadir a la póliza un seguro de enfermedad -subsidio diario por internamiento, traslado en ambulancia, indemnización por parto…-. Vitalicio Decesos ofrece a sus asegurados en edad escolar, además de las garantías descritas, una ayuda pedagógica en caso de enfermedad y/o accidente que le inmovilice en su domicilio durante más de quince días consecutivos. Y Seguros Santa Lucía añade en su póliza un seguro de accidentes, y Ceauto complementa la suya con un seguro de asistencia en viajes.

Gastos y trámites, cubiertos

En caso de fallecimiento, los familiares del finado deben afrontar el pago de los gastos del funeral, a lo que se suma el traslado por accidente y los trámites burocráticos que una muerte genera: obtención del certificado médico de defunción, inscripción del fallecimiento en el Registro Civil -gestión urgente que debe realizarse en las 24 horas posteriores al óbito-, licencia de entierro o incineración, etc. La posibilidad de evitar gastos, molestias y desplazamientos en momentos tan tristes explica el éxito de los seguros de decesos.

Sólo los gastos de los servicios funerarios superan los 1.000 euros, si bien cuanto más se mejore el servicio (con un féretro de más calidad o, por ejemplo), el coste se puede disparar. En este precio se incluye el féretro, el acondicionamiento del cadáver, una corona de flores sencilla, la contratación de los servicios de un sacerdote, el transporte.

Los entierros y cremaciones suponen para las familias un importante desembolso que estas pólizas atenúan previo pago de primas que oscilan de los 3 euros mensuales que pagaría un joven de 30 años, a los cerca de 6 euros que debería desembolsar una persona de 50 años. La fórmula más común para hacer frente a esta póliza es renovar todos los años la prima, que irá subiendo en función de la edad y el IPC. No obstante, algunas aseguradoras, como Mapfre, ofrecen a sus clientes la posibilidad de realizar un pago único en el momento de contratación de la póliza, siempre que la edad de contratación se sitúe entre los 71 y los 80 años. Otra posibilidad es pagar en cinco anualidades, siempre que la edad de contratación esté comprendida entre 61 y 70 años. Una cuarta opción es pagar únicamente hasta haber cumplido 65 años, con una edad de contratación situada entre 0 y 60 años.

Costumbre hispana

El ramo de decesos es uno de los más antiguos y específicos del mercado español de seguros. El nuestro es, además, el único país europeo en el que se comercializa masivamente este tipo de productos, hecho que motivó, en su día, la modificación de las directivas europeas ante el desconocimiento de los técnicos de Bruselas sobre esta clase de pólizas.

/imgs/20060301/informe02.jpgTécnicamente, se cataloga como un ‘ramo no armonizado’. Esto quiere decir que la clasificación que las leyes europeas hacen de los tipos de seguros no incluye el seguro de decesos. Sin embargo, eso no impide que pueda comercializarse en España, puesto que en nuestro país este tipo de pólizas tienen una gran tradición, que se remonta cuando menos a principios del siglo XX, por lo que su venta en el mercado español se mantiene como seguro específico. En el resto de Europa, por lo general, la cobertura de decesos está incluida en las pólizas de seguro de vida, si bien es una cobertura indemnizatoria, esto es, entrega al beneficiario una cantidad de dinero pero no ofrece servicio alguno.

Consejos

  • Si disfruta de una economía saneada o ha suscrito un seguro de vida que ampare a los suyos tras su fallecimiento, quizá no le interese contratar un seguro de estas características.
  • Haga números y no se precipite en contratar un seguro de decesos antes de cumplir los 40 años. A partir de esa edad, y a una media de 6 euros mensuales, al cumplir 80 años habrá pagado 2.880 euros, cantidad suficiente para un entierro digno. Eso sí, no lo deje para última hora. Las aseguradoras no admiten altas una vez alcanzados los 65 ó 70 años.
  • Solicite presupuesto en varias aseguradoras. Compare su relación calidad-cobertura-precio, sopesando las ventajas y desventajas de cada una de ellas.
  • Estudie en profundidad lo que le ofrece cada aseguradora, incluida la letra pequeña. Ante cualquier duda, pregunte.
  • Concrete si la póliza es de prima natural -su importe aumenta con la edad del asegurado por el incremento del riesgo de muerte- o de prima nivelada -permanece invariable durante la vigencia del riesgo-.
  • Lea atentamente la póliza, pregunte sobre los términos del contrato de seguro que no conozca y pida una explicación sobre el significado de las cláusulas que no entienda.
  • Exija que todas las modificaciones o adiciones del contrato de seguro sean formalizadas por escrito. Después de la firma de la póliza no acepte modificaciones unilaterales del contrato que le sean desfavorables.
  • Recuerde que cuando paga un seguro de decesos para cubrir los gastos que generan los servicios funerarios, lo que contrata es una prestación de servicios y no los de una compañía en concreto, por lo que tiene total libertad para elegir la funeraria que prefiera, aunque la aseguradora tenga concertados los servicios con una determinada empresa.
  • Exija que los capitales asegurados sean acordes a los precios por la prestación de servicios en su lugar de residencia.
  • Compruebe que en el contrato consta el compromiso por parte de la aseguradora de revalorizar anualmente los capitales asegurados. Evitará sorpresas en unos momentos difíciles como los que siguen a un fallecimiento.
  • Los beneficiarios o los familiares del fallecido, si éste hubiese expresado su voluntad al respecto, pueden elegir los distintos componentes del servicio, con cargo y con el límite máximo del capital asegurado.
  • Asegúrese de que se haga constar por escrito que si por alguna circunstancia el coste del servicio hubiera sido menor al capital asegurado en la garantía de decesos, se devolverá a los beneficiarios la cantidad sobrante.
  • Si tiene un seguro de decesos, informe a sus familiares del número de póliza, la compañía y el teléfono al que deben llamar si usted falleciera.
  • Póngase en contacto con la aseguradora nada más producirse el fallecimiento (tienen un servicio de atención 24 horas) para que se encargue de los primeros trámites.
  • Guarde una copia de la póliza y conserve el último recibo del pago de la prima.

Garantías principales

  • Féretro
  • Urna cineraria, en su caso
  • Inhumación o incineración
  • Esquelas domiciliarias y en periódicos
  • Transporte en coche fúnebre
  • Gestiones y gastos necesarios para el traslado del fallecido en cualquier lugar de España o del resto del mundo, hasta el cementerio o planta incineradora del territorio español elegida por los familiares
  • Corona de flores
  • Acondicionamiento sanitario del cadáver
  • Tanatorio
  • Servicio ceremonial
  • Mesa de firmas
  • Gastos de gestión

Seguro de decesos básico * (Servicio de sepelio, traslados y gestoría)

Ciudad Familia A (euros/año) Familia B (euros/año)
Madrid 221 113
A Coruña 208 107
Alicante 202 104
Oviedo 190 97
Santander 190 97
Almería 177 91
Barcelona 177 91
Valencia 171 91
Mallorca 171 88
Sevilla 165 85
Logroño 159 82
Zaragoza 159 82
Málaga 159 82
Bilbao 152 79
Pamplona 152 79

* Los precios de este cuadro comparativo, que son orientativos, se indican por ciudades y no por entidades aseguradoras porque para ofrecer las coberturas de este tipo de pólizas las compañías de seguros contratan los servicios de empresas (funerarias…) de la zona de residencia del cliente.
Se han pedido presupuestos para dos supuestos:

  1. Familia A: Padre de 50 años, madre de 45 años, hijo de 15 años e hija de 10 años.
  2. Familia B: Padre de 40 años, madre de 35 años e hija de 2 años.