Declaración de la renta

Objetivo: desgravar

Estamos a tiempo de equilibrar la factura fiscal y pagar un poco menos en la próxima declaración de la renta
1 noviembre de 2003
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Objetivo: desgravar

Quedan dos meses escasos para que finalice el año y, por tanto, para preparar la declaración de la renta. El primer paso será hacernos con todos los recibos y facturas que justifiquen los bienes adquiridos en 2003 que sean relevantes para la declaración, las plusvalías conseguidas, los pagos de impuestos como el de vivienda y, sobre todo, los documentos relativos a productos bancarios como cuentas de ahorro-vivienda, planes de pensiones o seguros privados de jubilación.

Y más aún cuando la reforma del IRPF, en vigor desde el pasado 1 de enero, recoge una rebaja de impuestos que afecta a casos concretos, como las personas discapacitadas y progenitores de niños y niñas menores de tres años. De paso, es un buen momento para hacer números porque tenemos hasta el 31 de diciembre para equilibrar la factura fiscal y pagar menos al fisco. ¿Cómo hacerlo? Veamos algunas posibilidades, todas ellas compatibles con la legislación vigente.

En primer lugar, como es sabido, no están obligados a realizar la declaración de la renta las personas solteras con un salario anual de hasta 7.515 euros, las casadas con cónyuge a cargo y dos hijos que ganen hasta 13.135 euros y los pensionistas con cónyuge a cargo con un ingreso anual no superior a 10.600 euros.

Vivienda

Es el elemento al que mayor rebaja fiscal reconoce la nueva ley.

  • Compra. Si ha adquirido o desea adquirir una casa a lo largo de este año, la cantidad estipulada para desgravar dependerá de la forma elegida para pagarla: si se decide por hacerlo al contado y dividir el pago en dos partes, sólo desgravará una parte este año y la segunda el próximo. Si, por el contrario, decide pagarla al contado de una sola vez o a través de un crédito hipotecario, la cantidad máxima que puede desgravar es de 1.352,28 euros. Al margen de esta cantidad, se encuentran los gastos de registro y notaría, que también desgravan.
  • Reforma o conservación. Desgravan sólo las obras realizadas en la residencia habitual que puedan justificarse: “aquellas que tienen como objetivo mantener el uso normal de la vivienda, así como la sustitución de bienes como la calefacción o el ascensor”. La cantidad a desgravar es el 15% de la invertida hasta un límite de 9.015,18 euros. Estas reformas pueden realizarse dentro de la casa, en la fachada, en el mantenimiento de tuberías, tejado, etc. En este último caso, los gastos se incluirán como importes que dan derecho a una deducción del 3% en concepto de amortización del inmueble. No se incluye el valor del suelo.
  • Alquiler. Es una de las novedades de la nueva ley, con la intención de promover el alquiler. Quien posea una vivienda desocupada y la alquile tributará sólo por el 50% de la cuantía anual cobrada al inquilino. Los propietarios de casas que ya estuvieran alquiladas lo harán por el 75%.
  • Créditos hipotecarios. Las mayores deducciones se prevén cuando el préstamo represente al menos el 50% de la vivienda y se garantice que en los tres primeros años no se amortizan cantidades que superan el 40% del capital. Las deducciones son las siguientes:
    • Durante los primeros dos años del préstamo: el 25% sobre los primeros 4.507,59 euros y el 15% sobre el resto hasta un límite de 9.015,18 euros. A partir del tercer año: la deducción es del 20% sobre los primeros 4.507,59 euros y del 15% sobre el resto hasta un límite de 9.015,18 euros. Si no se ha llegado a los 9.000 euros, se podría aportar el dinero que falta a través de un crédito adicional.
    • En el País Vasco, la deducción por el pago de intereses es del 20 % que se puede incrementar hasta un 30% para menores de 35 años y familias numerosas, en ambos casos independientemente de la cantidad pagada. El único límite es que esta deducción por intereses y la deducción por inversión en vivienda habitual no supere el 60% de la base imponible. Y hay un límite vitalicio, o crédito fiscal, de modo que en toda su vida una persona podrá deducir por inversión en vivienda habitual como máximo 30.000 euros en Vizcaya y Guipúzcoa y 27.045,54 euros en Álava. Si una persona adquiere en Vizcaya y Guipúzcoa una vivienda de más de 200.000 euros o demás de 180.303 euros en Álava, la deducción sólo afectará a esas dos cantidades.

Cuentas ahorro-vivienda

Aunque se puede deducir el 15% de lo depositado cada año, la ley obliga a invertir las cantidades aportadas en la compra de una casa en un periodo no superior a 5 y 6 años, según la comunidad autónoma en que se contrate. Una vez cumplido el plazo, si no se compra vivienda se pagarán las deducciones fiscales y los intereses de demora. La cantidad máxima a aportar a una cuenta ahorro-vivienda es de 9.015,18 euros por declaración.

En el País Vasco, el límite a deducir (por una cuenta ahorro-vivienda) en un año no puede exceder de un 60% de la base imponible.

Herencias

Se rigen por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cedido desde 1997 a las comunidades. Hay reducciones de hasta el 99% para herederos directos en Cantabria y las habrá en 2004 en la Rioja. La Generalitat ha aprobado su supresión total para herederos menores de 21 años.

Madres trabajadoras con hijos

Deducción de 1.200 euros por cada hijo de hasta tres años.

Planes de pensiones (EPSV en el País Vasco)

El máximo que se puede aportar en la declaración de la renta es 8.000 euros, más otros 1.200 por cada año que tenga el contribuyente por encima de los 52 años. Para quienes tengan 65 o más años, el máximo a aportar con derecho a deducción es 24.250 euros.

País Vasco y Navarra: novedades en el IRPF

En el País Vasco:

  • Aumentan las deducciones por descendiente: el incremento para menores de 3 años se aplica hasta los 6 años, y es de 250 euros por hijo. La deducción por ascendiente se aplicará además cuando viva en una residencia y el contribuyente colabore con el pago. Las cantidades a deducir son 200 euros para mayores de 65 años y 400 para mayores de 75 años.
  • La deducción por alquiler se simplifica: 25% con el límite de 1.500 euros anuales para menores de 35 años y familias numerosas y 20% con el límite de 1.200 euros anuales para mayores de 35 años.
  • La cuenta vivienda se amplía a 6 años, aunque el dinero de la cuenta se puede retirar si se repone antes del 31 de diciembre.

En Navarra:

  • Se incrementa el mínimo por descendiente a partir del tercer hijo. Con menores de 3 años, la reducción es de 1.200 euros.
  • La deducción por comprar una vivienda habitual es del 18% para familias con dos hijos y del 30% para familias numerosas.
  • Se crea una nueva deducción de hasta 900 euros para quienes perciban pensiones de viudedad inferiores a 2.700 euros.