Listado de morosos: un laberinto que cuesta dinero
Una factura no pagada en los plazos de vencimiento o el robo de una tarjeta de crédito cuyos gastos se adeudan al titular son algunos de los casos por lo que se puede acabar incluido en una lista de morosos. Es muy fácil entrar, pero salir puede resultar más complicado de lo que parece.
Cuanto antes se pague, mejor
Permanecer en una lista de morosos conlleva innumerables problemas. La denegación de un crédito personal o una hipoteca, la imposibilidad de acceder a ciertos productos y servicios financieros o el “cierre del grifo” para contratar cualquier fuente de financiación pueden ser algunos de los más inmediatos. Los principales ficheros de morosos consultados por los bancos son el RAI, ASNEF o Experian, pero hay otros en donde puede aparecer nuestro nombre si se tiene una deuda vencida o impagada con alguna empresa, por muy pequeña que sea. Muchas veces son fruto de un impago realizado a voluntad, pero en otros casos se deben a un olvido o al hecho de formalizar de forma errónea el proceso de baja de algún producto financiero (seguro, cuenta corriente…) o de los principales recibos domésticos (luz, agua, telefonía, gas…).
La deuda puede ser de poco importe, incluso inferior a 100 euros, pero esto ya es suficiente como para entorpecer la relación con los bancos y otras entidades financieras. De ahí la importancia de arreglar la situación respecto a los impagos y de salir cuanto antes de estas listas.
Para que se produzca esta desagradable situación se deben reunir varios condicionantes:
- Que haya una deuda real impagada por el usuario.
- Que se le haya requerido el pago infructuosamente.
- Que no haya pruebas documentales que anulen los dos anteriores puntos.
De cumplirse todos estos requisitos, los usuarios tienen todas las papeletas para entrar a formar parte del poco recomendable club de clientes morosos o malos pagadores.
Proceso para abandonar estas listas
La fórmula para dejar de formar parte de una lista de morosos es fácil, a priori. Consiste en cumplir con la deuda y pagar lo que se debe. De esta forma se evita, además, el recargo de abonos, penalizaciones, comisiones, etc. Por eso, lo más importante es dirigirse a la entidad que gestiona el listado de morosos, con el fin de solicitar la cancelación y que se encargue de mandarla al acreedor.
Debe mandarse una copia del DNI y la documentación acreditativa sobre la inexistencia de la deuda, para lo cual es obligatorio enviar los justificantes de los pagos, a ser posible por burofax. Esta parte del proceso pocas veces se formaliza del modo correcto. Es necesaria la ayuda de un gestor administrativo que se encargue de la cancelación o modificación de los nuevos datos aportados para que el procedimiento se desarrolle de manera correcta.
También se puede solicitar la cancelación por no haber recibido el aviso de que sería inscrito en ese registro. En este caso, debe manifestarse expresamente en el escrito para evitar ser incluido en estas listas. Si el usuario desconoce la dirección del responsable del fichero de morosos, se puede solicitar en la agencia Española de Protección de Datos, que los dará sin problema. El titular del fichero deberá responder sobre la eliminación de la persona de sus archivos en los diez días siguientes. Si los afectados no reciben una contestación en ese plazo -o sea insatisfactoria-, pueden reclamarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos, siempre con la documentación acreditativa de haber solicitado la cancelación de los mismos.
Siempre que se registra una situación de morosidad con el banco, en primer lugar se emplea una estrategia informativa para constatar que pueda ser debido a un descuido u olvido. Para ello, se ponen en contacto con el cliente -por teléfono o por correo- para informarle de su deuda y tratar de subsanar el problema cuanto antes.
De continuar con la situación de impago, lanzan mensajes más agresivos, en los que se informa de los intereses y comisiones que implica estar en la citada situación, así como un plazo para solventar la falta de pago que deberán cumplir con rigor.
El siguiente paso puede ser la notificación a través de una empresa externa de servicios jurídicos, con la advertencia a los morosos de las consecuencias de incumplir los pagos en los plazos dados. Incluso en algunos casos se incide en la posibilidad de renegociar la deuda con el banco bajo otros parámetros diferentes a los acordados en inicio.
Es entre los tres y seis meses cuando las ejecuciones de las acciones por parte de las entidades financieras llegan a su límite. Dejan a un lado su estrategia informativa y se decantan por recurrir a procesos judiciales. Lo habitual es que se plasme a través de la interposición de una demanda contra el cliente deudor.