Viajar en coche

Conducir con todo en regla

Circular sin la documentación que dicta la Ley se sanciona con multas que pueden llegar a los 3.000 euros
1 mayo de 2003
Img consejo listado

Conducir con todo en regla

Si la revisión del coche es algo fundamental antes de salir de viaje, no lo es menos llevar los accesorios, herramientas y repuestos necesarios para los casos de emergencia que pudieran surgir en el viaje. Mención especial merecen los “papeles” del coche que avalan a quien lo conduce y garantizan que el vehículo cumple con la Ley en materia de seguridad y responsabilidad ante terceros.

Los papeles obligatorios

  • Antes de emprender viaje compruebe que lleva todos los documentos obligatorios: permiso de conducir, permiso de circulación, ficha técnica del vehículo, certificado de la última ITV, pegatina ITV en vigor, y la póliza y recibo del seguro obligatorio.
  • En el caso de que el vehículo no fuera de su propiedad, no estaría de más que llevara una autorización del propietario para evitar problemas.
  • Compruebe que los documentos no estén caducados y que los datos de los mismos sean correctos. Sepa que en caso de que cambie de domicilio y no lo comunique a Tráfico en quince días, podrá ser sancionado. Y también podrá ser multado si los documentos están caducados.
  • Para evitar molestos papeleos y desembolso económico en caso de sustracción o extravío, deje los originales en casa y lleve fotocopias del permiso de conducir, permiso de circulación, tarjeta ITV y del seguro obligatorio. La Dirección General de Tráfico las considera válidas siempre que hayan sido compulsadas y esté identificado el organismo o persona que haya hecho la compulsa. La legislación vigente también permite plastificar las fotocopias.
  • Pueden hacer la compulsa los fedatarios públicos (notarios, etc.) y las unidades provinciales de la Jefatura de Tráfico. También pueden compulsar los documentos, aunque no están obligados a ello, los ayuntamientos, las fuerzas de vigilancia, las administraciones autonómicas y el resto de órganos de la Administración Pública.
  • Si viaja al extranjero, lleve todos los documentos originales. Los convenios internacionales no contemplan la sustitución de la documentación del automóvil por fotocopias.

Otros elementos indispensables

  • Si usted utiliza gafas o lentes de contacto, sepa que es obligatorio llevar unas de repuesto. Y aunque no está obligado a ello, es conveniente que lleve unas gafas de sol para protegerse de los deslumbramientos de los rayos solares.
  • También está obligado a llevar un juego de lámparas de repuesto y las herramientas necesarias para su cambio.
  • Recuerde que la rueda de repuesto debe estar revisada y con la presión de inflado correcta. Es obligatorio llevar el gato y la llave de ruedas.
  • No se olvide de los triángulos de emergencia. En caso de emergencia debe colocarlos de forma visible delante y detrás del automóvil a una distancia de 50 metros.

También conviene llevar

  • En caso de parada, entre la puesta y la salida del sol, es recomendable el uso de un chaleco reflectante.
  • Lleve algún medio de identificación en el que figure el grupo sanguíneo, alergias y afecciones médicas de los ocupantes del vehículo, para que en caso de emergencia se les preste la atención adecuada.
  • Un mapa de carreteras, una linterna, cinta aislante, una bayeta o unas “pinzas” para arrancar la batería en caso necesario son utensilios que ocupan poco espacio y que pueden ser muy útiles en situaciones apuradas.

Sanciones

  • Conducir sin llevar el carné de conducir o el permiso de circulación se multa con 10 euros, mientras que hacerlo sin haberlo obtenido supone un desembolso de entre 150 y 900 euros, según el tipo de vehículo. Si el carné de conducir está caducado, la multa es de 150 euros.
  • Circular sin la tarjeta ITV o sin el certificado de la última inspección supone una sanción de 10 euros. Si no se tiene la tarjeta, la multa oscila entre 150 y 900 euros; si se circula con ella retenida por una estación ITV, se sanciona con 450 euros.
  • Si se ha dejado la póliza del seguro obligatorio o el último recibo del mismo en casa, sepa que deberá abonar 60 euros. Circular sin seguro conlleva una sanción de entre 600 y 3.000 euros. Si la entidad aseguradora de su vehículo no le ha hecho llegar el último recibo, dispone de 30 días para presentarlo.