Perfiles nutricionales: menores más protegidos frente a la publicidad
Casi uno de cada dos niños españoles (el 41%) entre los seis y los nueve años sufre sobrepeso u obesidad, según datos del informe Aladino 2019. “Son cifras alarmantes y preocupantes”, explicaba el ministro de Consumo, Alberto Garzón, a finales del año pasado. A renglón seguido comunicaba su intención de regular la publicidad de alimentos y bebidas no saludables dirigida expresamente a menores de 16 años. “Tenemos los informes pertinentes para adaptar los perfi- les nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al sistema de regulación y ya se ha hablado con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia”, anunciaba. Pese a ser una medida que muchos profesionales de la salud y la alimentación –dietistas-nutricionistas, pediatras, endocrinos…– llevaban años reclamando, la noticia causó un enorme revuelo.
La sorpresa se mezclaba con el desconocimiento de lo que son los perfiles nutricionales y con la confusión de una parte de la población que entendió que se iban a prohibir ciertos productos, cuando se trata solo de limitar su publicidad, no la venta, y solo en el caso de que se dirija expresamente a menores de 16 años, por ejemplo, en los horarios infantiles de televisión o en las redes sociales, páginas webs o aplicaciones dirigidas al público infantil y adolescente. Esto incluiría, por ejemplo, la publicidad encubierta que hacen algunos youtubers, influencers o streamers patrocinados por productos poco saludables, como snacks o bebidas energéticas. Asimismo, se deja margen a las empresas para que voluntariamente establezcan su propia autorregulación, siempre que suponga una protección superior a la norma.
¿Qué son los perfiles nutricionales?
Para atajar el creciente problema de la obesidad infantil, la Organización Mundial de la Salud, junto a las autoridades sanitarias europeas, presentó en 2015 la propuesta de los perfiles nutricionales. Los definió como “la ciencia de clasificar los alimentos según su composición nutricional por razones relacionadas con prevenir la enfermedad y promover la salud”. Los alimentos habituales en la cesta de la compra de los hogares, se distribuyen en 17 categorías y, en cada una de ellas, se especifica qué porcentaje máximo de nutrientes críticos (grasa total, grasas saturadas, azúcares añadidos, azúcares totales, edulcorantes, sal y aporte calórico) pueden llevar por cada 100 gramos para que se puedan publicitar a los menores. El objetivo inicial de los perfiles nutricionales es determinar un límite a partir del cual un alimento no se considera saludable y, por esa razón, se prohíbe su publicidad dirigida de forma específica al público menor de 16 años. En ningún caso se prohíbe su venta ni su publicidad para adultos.
Sin publicidad en horario infantil…
Según esta estrategia de la Organización Mundial de la Salud, no hay problema con la publicidad de frutas y verduras frescas, pero se cierra el paso sin paliativos a las mermeladas, bebidas energéticas, fruta en almíbar o los helados. En el caso de los yogures, panecillos y colines o los cereales de desayuno sí se establecen límites en ciertos nutrientes. El documento de la OMS es, en cualquier caso, un marco y la Unión Europea no ha regulado de forma unitaria para todos los países miembros. De ahí que cada país pueda adaptarlo a su cultura o peculiaridades de su población.
Portugal, por ejemplo, no cierra la puerta a ninguna categoría y para todas establece límites nutricionales. “Que no haya un criterio estandarizado podría llevar a incongruencias, como que unas patatas fritas con un determinado porcentaje de sal no puedan publicitarse en Alemania, pero sí en Portugal. Sin olvidar que hay industrias productoras muy potentes en cada país que pueden influir en los valores máximos, como la del queso en Francia o la del jamón en España. Es uno de los riesgos que veremos si Europa no regula pronto, porque cada país amolda su regulación como mejor cree”, apunta Alba Santaliestra, presidenta del Colegio de Dietistas Nutricionistas de Aragón.
La propuesta del Ministerio de Consumo prevé incluir a famosos, futbolistas, youtubers e influencers, que no podrán aparecer en anuncios de alimentación dirigida a menores de 16 años, ni siquiera si se trata de productos saludables. Esto incluye a madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, o personas o personajes de relevancia o notoriedad pública, sean estos reales o de ficción. Sí que podrán participar en campañas de salud pública y educativas para promover la actividad física y los hábitos de alimentación saludable.
Los mensajes del envase
Un paso más allá con los perfiles nutricionales podría ser convertirlos en un marco para otras medidas de prevención, como limitar la venta en centros educativos o sanitarios. O satisfacer una vieja petición de los nutricionistas: eliminar el uso de alegaciones nutricionales y de salud en el etiquetado de alimentos poco saludables. “La regulación de los perfiles nutricionales debería venir acompañada de una regulación del marketing en los envases, o sea, del etiquetado frontal. No basta con no verlos en la tele porque al cabo del día recibimos muchos impactos visuales y auditivos en la calle y en el supermercado. Una cosa sin la otra está incompleta”, recalca Santaliestra.
Sin embargo, los mensajes de los paquetes son un campo escurridizo. Las alegaciones nutricionales (reducido en azúcares, alto en hierro, fuente de fibra, bajo en grasa…) y de salud (el calcio contribuye al mantenimiento normal de huesos y dientes, la vitamina D ayuda al normal funcionamiento del sistema inmunitario…) sí están reguladas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), pero solo indica que el alimento contenga ese nutriente en cantidad suficiente, no que el producto cumpla con unos perfiles nutricionales determinados. Los mensajes como “natural”, “casero” o “de la abuela” no están regulados y pueden usarse libremente.
El doctor Javier Morán, director del Instituto Universitario de Innovación Alimentaria (IIA) de la UCAM-Universidad Católica de Murcia, apunta que al mirar la etiqueta de un producto el consumidor busca, además de la fecha de consumo preferente o de caducidad, la información nutricional, las calorías, los beneficios nutricionales y saludables, en caso de haberlos. Estos últimos son fáciles de disfrazar o camuflar en el envase con un diseño atractivo y reclamos pseudosaludables. “La acción más concreta que tiene un impacto directo en el campo de la legislación alimentaria es la propuesta de introducir un sistema armonizado de etiquetado nutricional obligatorio en el frontal de los envases”, declara.
El caso español
La propuesta del ministro Garzón determina qué cinco categorías de productos no podrán hacer publicidad en horario infantil “independiente del contenido de nutrientes”. La primera categoría es la de chocolates, chucherías, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. En la siguiente se encuentran los productos de pastelería, como bollos, pasteles o galletas dulces. Tampoco se podrán publicitar zumos, bebidas energéticas y helados. Da igual que estén enriquecidos con vitaminas y minerales. No se podrán anunciar. Para el resto de categorías se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. Se podrán anunciar siempre y cuando los nutrientes críticos se mantengan por debajo de los límites establecidos para cada producto.
El tecnólogo de los alimentos Miguel Ángel Lurueña lo resume así: “Hay categorías premium, a las que obviamente corresponden los alimentos saludables, como la fruta, los pescados o los huevos. Por otra parte, hay categorías malditas, como las bebidas energéticas, los chocolates o los productos de pastelería”. El objetivo es salvaguardar la correcta nutrición de una población que aún no tiene formada su educación nutricional y que pide ciertos alimentos a sus padres por motivos emocionales. También protege a los progenitores de reclamos publicitarios confusos. Es el caso de las galletas o los cereales de desayuno con mucho azúcar, pero a los que se añaden vitaminas o minerales y se promocionan como que “alimentan como un bistec”.
- Azúcares añadidos. Monosacáridos y disacáridos añadidos por el fabricante, cocinero o por el consumidor en casa. En este apartado también se suman los azúcares libres naturalmente presentes en la miel, siropes y zumos y concentrados de frutas.
- Azúcares totales. Contenido total en azúcares, incluidos los intrínsecos de los vegetales y los de la leche (lactosa y galactosa) y los añadidos. En este apartado también se suman los azúcares naturalmente presentes en la miel, siropes y zumos de frutas.
- Edulcorantes acalóricos o aditivos edulcorantes. Sustancias que se emplean para dar un sabor dulce a los alimentos o en edulcorantes de mesa. Se utilizan normalmente como alternativa a los azúcares añadidos (azúcar, miel, siropes, jarabes, panela…).
- Ácidos grasos trans. Son ácidos grasos de producción industrial derivados de la hidrogenación de aceites vegetales para convertir una grasa líquida (un aceite) en una grasa semisólida. Era habitual en margarinas, bollería…
- Grasas saturadas. Contenido en ácidos grasos saturados.
- Grasas totales. Contenido en grasas, sumando ácidos grasos saturados, monoinsaturados y poliinsaturados.
- Sal. Un gramo de sodio equivale a 2,5 gramos de sal.
- Valor energético. Son las calorías. Es la cantidad de energía que produce un nutriente o alimento cuando es totalmente metabolizado. Normalmente esta energía se mide en kilocalorías o Kcal (abreviadas de forma incorrecta en el lenguaje coloquial como calorías) o kilojulios (Kj).
Nutrientes críticos
Hay alimentos que no figuran en la lista por motivos obvios, como las bebidas alcohólicas. No es casual: el consumo de alcohol está prohibido a menores de 18 años, como también lo está su publicidad en horario infantil. Otros, como los yogures, pueden estar en la lista roja o en la de alimentos permitidos, según sea su composición. “Por ejemplo, para los yogures se muestra unos límites de 2,5% de grasa, 2% de grasas saturadas, 0,2% de sal y 10% de azúcares totales. Esto quiere decir que los yogures con mucha cantidad de azúcares añadidos difícilmente podrían publicitarse”, explica el tecnólogo de los alimentos Miguel Ángel Lurueña.
Esta medida pone el foco en aquellos productos que en principio son saludables, pero a los que se añaden ingredientes que los convierten en bombas hiperazucaradas, altas en grasas o ultrasaladas. Es el caso de los yogures, que contienen de forma natural un 4,5% de azúcares procedentes de la leche, pero pueden superar el 12% en el caso de los azucarados. Por otro lado, se corta el paso a alimentos nada saludables por su altísimo contenido en nutrientes críticos, pero que parecen beneficiosos al añadir minerales y vitaminas. En este grupo estarían los batidos de chocolate azucarados, pero enriquecidos con calcio y vitaminas.
¿Por qué ahora?
El concepto de perfiles nutricionales no es nuevo ni se trata de una iniciativa aislada surgida del Ministerio de Consumo español. Países europeos como Portugal, Irlanda o Noruega ya los han integrado en sus regulaciones. En España es la primera vez que se aborda abiertamente el tema. Alma Palau, presidenta del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas, recuerda que la Comisión Europea aprobó los perfi- les nutricionales “nada menos que en 2006, pero realmente se han puesto en marcha a raíz del informe emitido en 2020 por la estrategia Del campo a la mesa, que ponía de relieve la importancia y necesidad de implementarlos”.
Para Alma Palau, “el retraso en poner en marcha los perfiles nutricionales se debe a la presión de parte de la industria alimentaria, que no espera nunca a que le digan cómo debe hacer las cosas. Prefieren adelantarse a proponer modelos. Cuentan con equipos científicos, pero se quedan siempre con la parte que empresarialmente les interesa más, dejando de lado los aspectos que les benefician menos”. Políticos, distribuidores y hasta los pequeños productores tampoco lo han visto como una prioridad. En cualquier caso, no es un tema fácil de resolver, ni hay que esperar una respuesta rápida”, apunta la dietista-nutricionista.
Demasiados anuncios
Los niños de corta edad pasan muchas horas ante el televisor. Un estudio publicado en 2019 en Obesity Reviews y realizado en 22 países muestra que el 23% de todos los anuncios de televisión están relacionados con alimentos o bebidas. De todos ellos, la presencia de los productos que la OMS considera que no deberían ser objeto de publicidad es cuatro veces mayor que la de productos permitidos.
Los datos empeoran si solo se miran las franjas horarias dirigidas a audiencia infantil, con un 35% más de alimentos poco recomendables, sobre todo, refrescos y otras bebidas azucaradas, chocolates y productos de confitería, cereales para el desayuno, pasteles y galletas. El estudio arroja otro dato muy revelador: las 10 empresas del sector de la alimentación con más presencia en los anuncios analizados son signatarias de la Alianza Internacional de Alimentos y Bebidas (IFBA), un compromiso a escala internacional por una publicidad responsable. Esto demuestra que los códigos de autorregulación voluntarios no se cumplen.
¿Por qué los publicitan?
Muchos alimentos poco recomendables y de consumo ocasional son agradables al paladar y fáciles de comer. Se venden bien y dan pie a campañas publicitarias llenas de mensajes felices. “Cuando un niño ve en un anuncio de cereales de desayuno a un deportista de élite o a un influencer que entrena, sale con sus amigos, vive en una casa estupenda y es feliz, resulta complicado explicarle que ese alimento es hiperazucarado, que no es saludable y que es muy probable que ni siquiera lo incluya en su desayuno habitual”, destaca Pablo Ojeda, dietista y miembro de la Sociedad Española de Obesidad (SEEDO).
También seduce a las familias y aprovecha su deseo de dar lo mejor a sus hijos para que compren alimentos poco recomendables. “No es fácil convencer a ese padre que solo ve y escucha en el anuncio cómo esos cereales llevan todas las vitaminas que su hijo necesita para crecer de que lo que tiene ante los ojos es todo, menos saludable”, recalca Ojeda. Prohibir la publicidad en esas franjas horarias o en los contenidos de los youtubers evita parte de las consecuencias negativas para la salud de los niños, “pero no termina de resolver un problema de base: el reclamo de ‘enriquecido en hierro o calcio’ suele tener más fuerza que la advertencia de que es alto en grasas o azúcares”, advierte el dietista-nutricionista.
Mejorar lo que falla
La persistencia de este tipo de productos en los soportes publicitarios evidencia el fracaso del código de autorregulación PAOS vigente desde 2005. El artículo 23 de dicho código establece que “los mensajes publicitarios de alimentos o bebidas no deberán promover o presentar hábitos de alimentación o estilos de vida poco saludables tales como comer o beber de forma inmoderada, excesiva o compulsiva”. Las empresas firmantes no solo se comprometían a su cumplimiento, sino al pago de sanciones de entre 6.000 y 180.000 euros si incurren en infracciones. Desde entonces, los casos de anuncios en los que los niños comen de forma exagerada este tipo de alimentos han sido constantes, pero Autocontrol apenas ha recibido una treintena de reclamaciones.
Los perfiles nutricionales, no obstante, contemplan dos excepciones que sí podrían publicitarse independientemente de su composición nutricional. Son los productos incluidos en una Denominación de Origen Protegida (DOP) o una Indicación Geográfica Protegida (IGP). De esta forma, no podrían publicitarse magdalenas, pero sí sobaos pasiegos (DOP) o tarta de Santiago (IGP). La solución divide a los nutricionistas. Alma Palau se posiciona a favor. “Esta exención es probablemente razonable y adecuada, porque son sellos o certificados de calidad. Los perfiles nutricionales pueden ser muy similares a otros productos alimentarios de producción industrial, pero su alcance geográfico y poblacional es mucho menor. Además, el proceso de elaboración puede ser también de mucha mayor calidad. Y hablamos de patrimonio cultural, tradición, historia…”, opina Palau.
En este sentido, Alma Palau se suma a otros dietistas-nutricionistas al afirmar que no se puede pretender atajar el problema de la obesidad infantil solo regulando los perfiles nutricionales. “Hay que acompañarlo con campañas de educación y alfabetización alimentaria”, concluye.
¿Cuáles sí y cuáles no?
ADMITEN CUALQUIER TIPO DE PUBLICIDAD
- Fruta y verdura fresca
- Carne, pescado y huevos frescos
NO SE PUEDEN PUBLICITAR NUNCA EN HORARIO INFANTIL
- Zumos
- Bollería
- Helados
- Bebidas energéticas
- Chocolate, golosinas y barritas energéticas
SÍ SE PUEDEN ANUNCIAR EN HORARIO INFANTIL, PERO CON CONDICIONES
Aperitivos salados. Palomitas de maíz y otros a base de patata, maíz o trigo.
- Sin azúcares añadidos.
- Un máximo de 0,1 g de sal por cada 100 g.
Bebidas lácteas. Batidos de leche de vaca, soja o similares.
- Menos de 2,5 g de grasas totales/100 g.
- Sin azúcares añadidos.
- Sin edulcorantes.
Otras bebidas. Refrescos, aguas con sabores.
- Sin azúcares añadidos.
- Sin edulcorantes.
Cereales de desayuno. Corn flakes, muesli, preparados de avena, cereales chocolateados…
- Con menos de 10 g de grasas totales por 100 g.
- Menos de 15 g azúcares totales por 100 g.
- Menos de 1,6 g de sal por 100 g.
Mantequilla y aceites
- Menos de 20 g de grasas saturadas.
- Menos de 1,3 g de sal/100 g.
Pan. Pan de cualquier cereal, con o sin gluten, tostado, biscotes…
- Menos de 10 g de grasas totales/100 g.
- Menos de 10 g de azúcares por 100 g.
- Menos de 1,2 g de sal/100 g.
Frutas, verduras y hortalizas procesadas. Fruta enlatada, mermeladas, fruta escarchada o en almíbar, patatas fritas congeladas…
- Menos de 5 g de grasas totales/100 g.
- Menos de 10 g de azúcares totales/100 g.
- Sin azúcares añadidos.
- Menos de 1 g de sal/100 g.
Yogures y lácteos. Yogur, fermentados y cremas.
- Menos de 2,5 g de grasas totales por 100 g.
- Menos de 2,0 g de grasas saturadas por 100 g.
- Menos de 10 g de azúcares totales por 100 g.
- Menos de 0,2 g de sal/100 g.
Quesos. Quesos frescos (como mozzarella y ricota), semicurados y curados.
- Menos de 20 g de grasas totales por 100 g.
- Menos de 1,3 g de sal por 100 g.
Precocinados. Pizzas, lasaña y otros platos de pasta con salsas, quiches, platos preparados, sándwiches de vending, pastas, sopas y guisos (envasados o enlatados).
- Menos de 10 g de grasas totales/100 g.
- Menos de 4 g de grasas saturadas/100 g.
- Menos de 10 g de azúcares totales/100 g.
- Menos de 1 g de sal/100 g.
- Menos de 225 kcal/100 g.
Salsas y aderezos. Cremas para untar, aliño para ensalada, kétchup, mayonesa, mostazas y salsa de soja.
- Menos de 10 g de grasas totales/100 g.
- Sin azúcares añadidos.
- Menos de 1 g de sal por 100 g.
Pasta fresca o seca, arroz y otros cereales
- Menos de 10 g de grasas totales/100 g.
- Menos de 10 g de azúcares totales/100 g.
- Menos de 1,2 g de sal/100 g.
Carnes y pescados procesados. Embutidos, salchichas, carnes y pescados enlatados, ahumados o en conserva.
- Menos de 20 g de grasas totales/100 g.
- Menos de 1,7g de sal/100 g.