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Ley de Propiedad Horizontal : Vive en el extranjero y no paga los gastos de comunidad
Quisiera información sobre cómo reclamar deudas a un vecino moroso que vive en el extranjero y que no aparece en el barrio ni paga.
De acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal, es obligación de cada propietario comunicar al secretario o administrador de la comunidad su domicilio en España a efectos de realizarse citaciones y notificaciones relacionadas con la comunidad. En su defecto se tiene por domicilio el mismo piso de la comunidad. Si intentada la citación o notificación resulta imposible su localización, se procederá a colocar la comunicación en el tablón de anuncios o en un lugar visible de uso general en el que figure la fecha y motivos por los que se procede a esta fórmula. Debe ir firmada por el secretario o administrador, con el visto bueno del presidente. Esta forma de notificación tiene efectos jurídicos en tres días naturales. Por eso sugerimos que dirijan citación fehaciente para junta mediante una carta certificada o buro fax al domicilio en la comunidad y que, de ser devuelta por ausencia del propietario, coloquen la citación con el orden del día en el tablón de anuncios. El orden del día debería incluir la adopción de acuerdos respecto a la reclamación, incluso judicialmente, de la deuda y puede contener la relación de propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas advirtiendo de la privación del derecho de voto.