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: Un perro suelto provoca un accidente en el acceso a una autopista
Recientemente sufrí un percance en la carretera. Cuando faltaban menos de 50 metros para acceder a la autopista, un perro se cruzó en el camino y tuve un accidente de moto. Los Mossos d?Esquadra hicieron un informe del siniestro y comprobaron que el perro no tenía chip de identificación y que, por lo tanto, no tenía dueño. ¿Puedo reclamar daños y perjuicios a la concesionaria de la autopista por no tener los accesos en perfectas condiciones?
Como el daño se produjo en los accesos, puede serle de interés la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 18 junio 2003 en la que se recuerda que el deber de vigilancia y conservación de la autopista en debidas condiciones de seguridad no se limita al cuidado de las vías de circulación rápida con que cuenta, ni a mantener en perfecto estado las redes de cerramiento para evitar el acceso de personas o animales, ni tampoco a retirar cualquier objeto que hubiera podido caer desde los pasos elevados o por encima de los cerramientos, sino que debe extenderse al cuidado de sus accesos, como concreta la Ley sobre Autopistas de Peaje.
Por otro lado, el usuario es destinatario final del servicio prestado y la concesionaria de la autopista está sometida a la responsabilidad regulada por los artículos 25 y 26 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, que establecen que corresponde a la empresa probar que el usuario utilizó de forma indebida o negligente la autopista y de que por su parte cumplió todos los requisitos reglamentarios.