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: Los compradores de un piso deben asumir una derrama previa a su adquisición
Compramos un piso en 2002 y la comunidad de propietarios certificó por escrito que estaba al corriente de los pagos en la comunidad. Sin embargo, tras años de afrontar los gastos de comunidad descubrimos que gran parte se destina a sufragar obras realizadas con anterioridad a nuestra adquisición. Por ello, nos negamos a pagar mientras no se nos devuelva el dinero abonado, pero la comunidad nos amenaza con acciones legales. ¿Debemos pagar?