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Viajar: daños y pérdidas en el equipaje: Adiós maletas, adiós

La indemnización máxima por pérdida de equipaje es de 1.160 euros si se viaja en avión, de 365 euros en autobús, e inexistente en el tren si las maletas no se facturan

Si viaja en tren

La paradoja del tren

  Según el Reglamento del Sector Ferroviario, la empresa es responsable de la pérdida, sustracción o deterioro del equipaje que se le ha entregado para su custodia. La compañía sólo responderá por los bultos facturados, mientras que la responsabilidad del equipaje que acompaña al pasajero es sólo suya. En los incidentes con el equipaje facturado, la compensación económica es de 14,50 euros por kilo que falte o se dañe, hasta un máximo de 600 euros por viajero. Las incidencias con el equipaje sin facturar y bajo la custodia del viajero no se indemnizan. Ahora bien, ¿en qué trenes es posible facturar maletas? Ni en los de media distancia ni en los de cercanías se admite la facturación, pero ambos permiten llevar bultos de mano con un peso de hasta 20 kilogramos. RENFE señala que los trenes AVE tampoco permiten la facturación y establece que el pasajero puede viajar con una maleta o bolsa de mano, que será escaneada por motivos de seguridad. Paradójicamente, la web del AVE establece la indemnización por robo o pérdida del equipaje facturado hasta 300 euros por bulto.

Pérdida del equipaje, exija sus derechos cuando viaja en:

Avión

  • Si la llegada de su maleta se retrasa, cumplimente un Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) y efectúe, en su caso, una segunda protesta en los 21 días siguientes a la fecha en la que debería haberla recibido, reclamando una compensación. El máximo de la indemnización es 1.160 euros.
  • Si ha sido víctima del robo de artículos del interior de su maleta, denúncielo en la policía del aeropuerto, y rellene el PIR con la descripción de los objetos sustraídos, además de tramitar, si procede, una segunda protesta en los siete días siguientes.
  • La compañía aérea no se hace responsable de ruedas y asas rotas, ni de cortes y abolladuras. Sólo admite su responsabilidad sobre deterioros mayores.
  • Reclame, en su caso, por daños morales relacionados con los trastornos que le causó la pérdida del equipaje o el robo de su contenido.

Autobús

  • Si el equipaje se pierde o deteriora, la empresa transportista indemnizará con un máximo de 14,50 euros por kilogramo. Como lo habitual es desconocer el peso de las maletas, se suele fijar en torno a 20-30 kilos.
  • Si su maleta contiene objetos de valor, solicite a la compañía un aumento de la responsabilidad. Sepa que le costará un pago extra.
  • El equipaje de mano es responsabilidad del viajero, salvo cuando al quedarse vacío el vehículo y con las puertas abiertas se produce un robo. En ese caso, los criterios de indemnización son los mismos que con el equipaje del maletero.

Tren

  • Verifique que puede facturar sus maletas.
  • Si no se puede, sepa que la compañía ferroviaria sólo se hace responsable de los daños y robos que sufre el equipaje facturado. Del de mano, no.
  • En los incidentes con las maletas facturadas, la compensación económica es de 14,50 euros por kilo que falte o se dañe, hasta un máximo de 600 euros por viajero.

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