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Compré un ordenador portátil en un gran almacén. Dos meses después no arrancaba y lo llevé al establecimiento. Me entregaron un resguardo y me dijeron que lo enviaban a Madrid al servicio técnico. Ya han pasado dos meses y medio y no tengo noticias del ordenador. En la tienda me dicen que espere. ¿Qué puedo hacer?
El afectado por los retrasos injustificados en la reparación de un aparato en periodo de garantía debe presentar una reclamación por buro fax o personarse en el establecimiento y cumplimentar una Hoja de reclamaciones porque dos meses y medio es un plazo excesivo para proceder a una reparación en garantía.
La Ley de Garantías de Bienes Muebles reconoce el derecho del consumidor a optar, ante un defecto del producto, por su reparación o sustitución de otro nuevo. Un trámite que debe ejecutarse en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el cliente. Si no es así, el consumidor podrá optar por su sustitución, teniendo en cuenta que si ésta fuera imposible o le exigiera esperar más de lo razonable, está en su derecho de reclamar la devolución del dinero.
Las circunstancias y pruebas de que dispone hacen que la reclamación del afectado tenga muchas posibilidades de prosperar en caso de iniciar acciones judiciales. Sin embargo, primero debe reclamar la sustitución del producto o la devolución del precio, alegando la ley de garantías. En caso de que la reclamación no fuera atendida, el afectado puede acudir a los tribunales. Si precisa de un abogado porque el importe de la demanda es superior a 900 euros, solicite un presupuesto escrito, aunque es previsible que recupere los gastos de tales honorarios con la obtención de una "sentencia estimatoria con condena en costas". También puede acudir a los Servicios de Consumo de su municipio o provincia para reclamar y que, en su caso, se inicie un procedimiento sancionador contra el vendedor.
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