Saltar el menú de navegación e ir al contenido
Los datos, informaciones, interpretaciones y calificaciones que aparecen en esta información corresponden exclusivamente al momento en que se realizaron y tienen, por tanto, una vigencia limitada.
No hay fórmulas mágicas pero sí apartados fiscales que ayudan y que conviene conocer
Por ser el esquema que más se aplica, se ha elegido primeramente el modelo del IRPF de las autonomías sin regímenes tributarios específicos.
1. Datos del contribuyente: Declaración individual. Rendimientos netos: 4 millones de pesetas. Aportación a un plan de pensiones: 120.000 pesetas anuales.
2. Rendimientos netos - Mínimo personal = Base Imponible A los rendimientos netos o ganancias totales del contribuyente, se le resta el Mínimo Personal (ver la explicación del Glosario para saber qué significa este concepto).
| 4.000.000 pesetas | (Rendimientos netos o la cantidad total por la que se tiene que declarar) |
|---|---|
| - 550.000 pesetas | Mínimo personal en declaración individual |
| 3.450.000 pesetas | Base Imponible |
3. Base Imponible - Reducciones = Base Liquidable
A la Base Imponible se le restan las Reducciones que correspondan. En este caso, la aportación al Plan de Pensiones.
| 3.450.000 pesetas | Base Imponible |
|---|---|
| - 120.000 pesetas | Reducción por la aportación al Plan de Pensiones |
| 3.330.000 pesetas | Base Liquidable |
4. Base Liquidable. Se le aplica un porcentaje tipo de gravamen
A la Base Liquidable se le aplica un gravamen o porcentaje. Hay un cuadro que determina Hacienda y que indica cuál es el gravamen a aplicar en cada caso. Cuanto mayor sea la Base Liquidable, mayor será ese porcentaje. La cifra que se obtiene tras realizar esta operación se denomina Cuota íntegra, de la que habrá que descontar luego las deducciones que procedan y las retenciones que nos hayan practicado durante el año en nuestra nómina, para obtener el resultado definitivo.
5. Cuota íntegra - Deducciones = Cuota líquida
6. Cuota líquida - Retenciones = Cuota diferencial o resultado de la declaración
Entre los modelos tributarios específicos se ha elegido el modelo vizcaíno, muy similar al de Álava y Guipúzcoa, ya que es el que se aplica a un mayor número de contribuyentes dentro de la CAV.
1. Datos del contribuyente
Padre de familia. Casado. Su esposa no trabaja. 2 hijos menores de edad. Rendimientos netos: 4 millones de pesetas. Aportación anual de 150.000 pesetas al Plan de Pensiones. Hipoteca de 120.000 pesetas al mes.
2. Base Imponible - Reducciones = Base Liquidable
A los rendimientos netos, que se denominan Base Imponible, se le restan las Reducciones que le correspondan a este contribuyente.
| 4.000.000 pesetas | Base Imponible |
|---|---|
| - 550.000 pesetas | Reducción por declaración conjunta |
| - 150.000 pesetas | Reducción por la aportación al Plan de Pensiones |
| 3.300.000 pesetas | Base liquidable |
3. Base Liquidable. Se le aplica un gravamen o porcentaje
A la Base Liquidable se le aplica un gravamen o porcentaje. Hay un cuadro que determina La Diputación Foral de Bizkaia, que indica cuál es el gravamen a aplicar en cada caso. Cuanto mayor sea la Base Liquidable, mayor será ese porcentaje.
La cifra que se obtiene tras realizar esta operación se denomina Cuota íntegra, de la que habrá que descontar luego las deducciones que procedan y las retenciones que nos hayan practicado durante el año en nuestra nómina, para obtener el resultado definitivo.
4. Cuota Íntegra - Deducciones = Cuota Líquida
5. Cuota líquida - Retenciones = Cuota diferencial o resultado de la declaración
Hay que tratar de aplicar todas la reducciones que correspondan al contribuyente, ya que así disminuirá la cantidad por la que pagar.
Las reducciones y deducciones varían ligeramente en el IRPF de la Comunidad Autónoma Vasca:
Las Reducciones que se aplica en le IRPF de la mayoría de las comunidades autónomas se dividen en tres bloques:
1. Planes de Pensiones y de Mutualidades: Hay un límite para las cantidades que pueden reducirse por aportaciones a planes de mutualidades y planes de pensiones, que será uno de los dos siguientes (el más bajo de los dos):
* El 25% de la suma de los rendimientos netos procedentes del trabajo y actividades económicas.
Ejemplo: si una persona gana 1.000.000 de pesetas por su trabajo o actividad económica, la cantidad máxima que podría reducir es 250.000 pesetas.
* El segundo límite es una cantidad establecida en 1.200.000 pesetas anuales, más 100.000 pesetas adicionales por cada año de edad del contribuyente que exceda de 52 años, con un límite total de 2.500.000 de pesetas, siempre que no exceda del 40% de los rendimientos referidos anteriormente.
| EDAD | LÍMITE |
|---|---|
| 52 | 1.200.000 |
| 53 | 1.300.000 |
| 54 | 1.400.000 |
| 55 | 1.500.000 |
| 56 | 1.600.000 |
| 57 | 1.700.000 |
| 58 | 1.800.000 |
| 59 | 1.900.000 |
| 60 | 2.000.000 |
| 61 | 2.100.000 |
| 62 | 2.200.000 |
| 63 | 2.300.000 |
| 64 | 2.400.000 |
| 65 en adelante | 2.500.000 |
¿Cómo aprovechar al máximo esta reducción?
Ejemplo práctico:
Un contribuyente gana 3 millones de pesetas netas al año y aporta a su plan de pensión 120.000 pesetas anuales (10.000 pesetas mensuales). Puede restar esa cantidad íntegra porque no supera el límite del 25% de sus, que es este caso ascendería a 750.000 pesetas.
Si quiere aprovechar al máximo las posibilidades de esta reducción, debe efectuar la siguiente división: 750.000 pesetas/12 mensualidades = 62.500 pesetas. Esa es la cantidad que podrá aportar al mes a su plan de pensiones para alcanzar la reducción máxima.
2. Aportaciones a Planes de Pensiones y a Mutualidades de Previsión Social en favor de minusválidos con un grado igual o superior al 65%, o de grado inferior, si ha sido declarado de forma judicial. Estas aportaciones las puede realizar tanto el propio minusválido como las personas que tengan una relación directa de parentesco, siempre que los beneficiarios sean los propios minusválidos.
Limitaciones:
También hay una reducción para las aportaciones a Planes de Pensiones y Mutualidades de Previsión Social a favor del cónyuge, siempre que éste obtenga rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas inferiores a 1.200.000 pesetas. Las aportaciones a estos planes de pensiones tienen un límite máximo de 300.000 pesetas.
¿Cómo aprovechar al máximo esta reducción?
Esta vez las limitaciones no dependen de un porcentaje, con lo que sólo se sacará el máximo provecho de esta reducción aportando los topes mencionados.
3. Las pensiones compensatorias y anualidades por alimentos. Se trata de las pensiones que uno de los cónyuges paga a otro en caso de divorcio para eliminar el empeoramiento económico que esta nueva situación puede provocar y de los pagos que se realizan a favor de los hijos cuando se ha producido un divorcio. En ambos casos, se reducen íntegramente las cantidades abonadas.
En EROSKI CONSUMER nos tomamos muy en serio la privacidad de tus datos, aviso legal. © Fundación EROSKI