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Un caso similar puede merecer sentencia distinta. Esta página recoge sentencias de nuestros tribunales que, por su contenido, afectan a los consumidores y usuarios de todo tipo de productos y servicios. No olvide que ante hechos similares, las cuestiones de prueba, las circunstacias concretas de las partes implicadas e incluso el tribunal que sea competente en la causa puede determinar fallos distintos.

El estudiante no había acordado la financiación del curso

Un estudiante suscribió un contrato con la Academia de Idiomas Home English. Al firmar la matrícula, firmó también una domiciliación bancaria para abonar el curso con mensualidades. El contrato indicaba también la entidad a la que se debía presentar los recibos al cobro, pero sin hacer referencia a ningún tipo de financiación. Sin embargo, una entidad financiera reclamó al estudiante el pago de cuotas derivadas de un contrato de financiación por él suscrito, a lo que éste se negó considerando que, aunque había contratado con la academia un curso, no había acordado su financiación ninguna entidad crediticia. Sucedía que la financiera había adelantado a la academia el importe del curso, sin conocimiento del consumidor, y que el banco, ante el impago de las cuotas, demandó al estudiante. Durante el juicio, el consumidor alegó no haber suscrito conscientemente un contrato de préstamo. El Tribunal señala que el consumidor firmó por indicación de la academia el contrato, al que después el centro de idiomas le anadió a máquina la información concreta de la financiación del curso.

Considerando el modo en que se produjo la firma del contrato, el Juzgado de Primera Instancia de Madrid, en sentencia del 19 de marzo de 2001, concluye que se había inducido a un error esencial al consumidor, ya que éste no había consentido ese modo de financiación. Por tanto, declara nulo el contrato de financiación y desestima la demanda, con lo que el consumidor es absuelto de responsabilidad y la financiera condenada en costas.



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