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Un caso similar puede merecer sentencia distinta. Esta página recoge sentencias de nuestros tribunales que, por su contenido, afectan a los consumidores y usuarios de todo tipo de productos y servicios. No olvide que ante hechos similares, las cuestiones de prueba, las circunstacias concretas de las partes implicadas e incluso el tribunal que sea competente en la causa puede determinar fallos distintos.

Una agencia de viajes indemniza a un cliente por la falta de calidad de la habitación de un hotel

Un usuario concertó con una agencia de viajes un viaje a Canarias organizado por un mayorista. En el hotel previsto se alojó en dos habitaciones que no respondían a las prestaciones contratadas. Ante las protestas del cliente, el director del hotel le facilitó, pasados tres días, otras habitaciones y le ofertó en compensación que el resto de la estancia lo hiciera en régimen de pensión completa, a lo que el cliente se negó.

Demandó a la agencia de viajes y solicitó una indemnización de cien mil pesetas, que le fue concedida por el Tribunal de Primera Instancia. La agencia de viajes apeló la sentencia ante la Audiencia de Vizcaya, y ésta, con fecha 22 de enero de 2001, la confirmó. Según la Audiencia, se trataba de un viaje combinado en el sentido establecido por el artículo 2 de la Ley 21/95 de 6 julio sobre viajes combinados, y el cumplimiento de la obligación del hotel fue defectuoso. Sobre si la responsabilidad es solidaria o mancomunada entre la agencia de viajes y la mayorista, la Audiencia estima que debe aplicarse el artículo 11.2 de la citada ley.

Esta normativa establece que los organizadores y detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Añade que si no fuera así, el usuario se vería obligado a una peregrinación en búsqueda de responsabilidades de los organizadores.



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