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La duración de los contratos de mantenimiento de ascensores puede ser abusiva

En la comunidad de propietarios en la que vivo, tenemos un contrato de mantenimiento del ascensor con vigencia para diez años, prorrogable automáticamente por periodos similares. Quisiera saber si esta práctica es, o no, legal.

Estas cláusulas están siendo consideradas abusivas y nulas por los tribunales, basándose no sólo en el excesivo plazo de duración de los contratos sino también en el hecho de que las empresas del sector exigen indemnizaciones desproporcionadas a las comunidades de propietarios en el caso de que deseen finalizar el contrato antes del vencimiento. La decisión de los tribunales se basa en la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y Usuario, y de la Directiva Europea de Cláusulas Abusivas, así como de la nueva Ley de Condiciones Generales de la Contratación. La Audiencia Provincial de A Coruña , en sentencia de 26 de marzo de 1999, afirma que con estas cláusulas se traslada sobre el consumidor el riesgo empresarial sin que existan ventajas para el usuario, tanto en calidad y garantía de servicio como en una política más ajustada de precios sobre las tarifas de otros contratos de menor duración. Al quedar el consumidor vinculado al contrato sin poder obtener o negociar nuevos precios y ventajas vista la evolución del mercado, se produce un desequilibrio en las prestaciones de las partes, según la Audiencia gallega. Así, se considera que estas cláusulas son ilegales, y no simplemente por establecer plazos excesivamente largos, sino también por las elevadas indemnizaciones que suelen exigir las empresas por la resolución anticipada de los contratos. La nulidad de éstos se podría basar en la Disposición Adicional Primera de la Ley de Condiciones Generales, apartado 18 (relativo a la imposición de garantías desproporcionadas al riesgo asumido), así como en el apartado tercero, sobre la imposición de una indemnización desproporcionada al consumidor que no cumpla sus obligaciones. Por otro lado, y también tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Condiciones Generales de la Contratación, las principales empresas del sector han mantenido reuniones con el Instituto Nacional de Consumo con el objetivo de eliminar cláusulas potencialmente abusivas.



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