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El constructor obliga a subrogar un contrato cirugía estética

Al comprar una vivienda de nueva construcción, entregué una cantidad como reserva. Ahora, al formalizar el contrato privado de compraventa, veo que incluye una cláusula por la que tengo que subrogar el préstamo que el constructor me pidió para realizar la obra. La cuestión es que yo no quiero trabajar de esta forma. Desearía hacer una entrega de dinero, disminuyendo la cuantía del préstamo, lo que me evitaría pagar algunos gastos de amortización. ¿Me puedo negar a firmar este contrato? ¿Cómo debo proceder?

  Intente llegar a un acuerdo con el promotor para que cancele el préstamo. Comuníquele, verbalmente primero y por escrito después, que le perjudica la imposición de la subrogación y que le interesa obtener un crédito en mejores condiciones y por un importe inferior. Pero antes de dar este paso, calcule si realmente le interesa. Desde un punto de vista jurídico, la cláusula por la que se impone al comprador la subrogación en el préstamo, aunque es práctica habitual, podría ser tachada de abusiva y, como tal, nula. Conforme a la Ley General de Defensa del Consumidor y Usuario y la nueva Ley de Condiciones Generales de la Contratación, se entiende que es contraria al derecho que ampara al consumidor de elegir las mejores condiciones del mercado. Además, implicaría la imposición de una obligación accesoria que incrementa el precio de la vivienda. Se rompe, por tanto, el justo equilibrio de las contraprestaciones y sería contraria a la buena fe. No hay buena fe cuando se imponen elementos accesorios no solicitados y cuyos precios son excesivos.

Sugerimos que, si no le queda más remedio, firme el contrato, se subrogue en el préstamo, y después lo cancele y contrate otro más interesante. A partir de ahí, reclame los gastos que haya conllevado la subrogación y la cancelación al vendedor, primero extrajudicialmente y, posteriormente y si es necesario, por la vía judicial. Si prefiere no firmar el contrato, infórmese de las consecuencias, ya que podría suponer la pérdida de la cantidad entregada como "reserva".



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